La Intendencia de Colonia, a trav茅s de
la Direcci贸n de Medio Ambiente del Departamento de Planificaci贸n,
Ordenamiento y Vivienda, informa a la poblaci贸n que se encuentra
vigente el operativo “Dunas sin Ruedas”.
Se trata de una campa帽a de
sensibilizaci贸n e informaci贸n referida al impacto del uso de
veh铆culos sobre las playas y el sistema dunar, que alcanza adem谩s a
construcciones irregulares y paradores no autorizados en la costa.
La misma es impulsada coordinadamente
en todos los departamentos costeros por la Direcci贸n Nacional de
Medio Ambiente (DINAMA) del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), la Prefectura Nacional Naval
(PNN) y las Intendencias Departamentales, que intensifican este
verano los operativos de controles de circulaci贸n vehicular en zonas
de playas y dunas.
La importancia de las dunas costeras
(m茅danos) radica en que son una reserva de arena para la propia
regeneraci贸n natural de las playas. Circular con veh铆culos en las
playas contamina, desestabiliza y erosiona la costa, da帽ando su
vegetaci贸n y generando grandes perjuicios a la fauna asociada. En
efecto, algunas acciones que podr铆an parecer insignificantes, muchas
veces afectan -delicada o abruptamente- ecosistemas muy
importantes, entre ellos los costeros. Circular con jeeps, camionetas
4 x 4, cuadriciclos o motos, o edificar sobre una duna, ocasiona
serios da帽os que perjudican a la naturaleza.
NORMATIVA APLICABLE Y MULTAS
En t茅rminos generales, la poblaci贸n
desconoce la prohibici贸n y penalizaci贸n por circular con veh铆culos
en playas establecida por el Art. 29 del Decreto N潞100/91,
“Reglamento de uso de espacios acu谩ticos y costeros y portuarios”,
y por el Art. 452 de la Ley N潞16.736 de 1996.
La previsi贸n legal no s贸lo contempla
la imposici贸n de multas para los propietarios de los veh铆culos
infractores sino, inclusive, el secuestro del mismo hasta tanto el
infractor abone la multa.
En el Derecho uruguayo el r茅gimen de
las riberas se regula especial y sustancialmente por el C贸digo Civil
y por el C贸digo de Aguas (CA). El incumplimiento del r茅gimen de
protecci贸n de la faja de defensa de costas, acarrea la imposici贸n
de sanciones, que incluyen multas y la restituci贸n de la
configuraci贸n de la costa a su estado original. Dichas sanciones son
establecidas por el Ministerio competente (MVOTMA o Ministerio de
Transporte y Obras P煤blicas (MTOP), seg煤n el caso).
Asimismo, la “prohibici贸n de la
extracci贸n de arena, canto rodado y rocas en yacimientos ubicados
dentro de la faja de defensa de costas” est谩 establecida en el
Art. 193潞 del Decreto Ley N潞14.859 del 15/12/1978, seg煤n el cual
“s贸lo podr谩 efectuarse hasta una cota no inferior al nivel
situado cincuenta cent铆metros por encima del l铆mite superior de la
ribera”.
La responsabilidad de la fiscalizaci贸n
es, en forma principal, del MVOTMA a trav茅s de la DINAMA (CA, Arts.
153 y 154, con la redacci贸n dada por los Arts. 192 y 193 de la Ley
N潞15.903 de 10.11.1987, y el Decreto 59/992), y en forma
excepcional, del MTOP, quien tiene a cargo las autorizaciones para
extraer materiales, previo informe del MVOTMA (Art. 457 de la Ley
16.170).
Los incumplimientos constatados ser谩n
sancionados con la aplicaci贸n de multas de 25 UR ($23.416, al cambio
actual) de conformidad con el Art. 452 de la Ley N潞16.736 de 1996,
que establece que “las acciones de particulares que mediante la
utilizaci贸n de veh铆culos de cualquier naturaleza impliquen la
invasi贸n de zonas de playa o anteplaya est谩n prohibidas, pudiendo
ser sancionados los propietarios de los veh铆culos infractores”.
¿C脫MO NOS PROTEGEN LAS DUNAS?
El cambio clim谩tico conlleva un
incremento de la frecuencia y la intensidad de fen贸menos
meteorol贸gicos extremos, tales como temporales, tornados,
precipitaciones abundantes, fuertes vientos, tormentas el茅ctricas,
granizadas, sequ铆as, olas de calor, inundaciones y ciclones
tropicales que, cada vez en forma m谩s frecuente, se despliegan de
manera muy r谩pida tomando por sorpresa a mucha gente que, en su
mayor parte, no est谩 preparada ni concientizada para enfrentar esta
nueva realidad.
Como consecuencia de esos eventos, tras
su paso quedan zonas devastadas o inundadas, techos volados, l铆neas
del tendido el茅ctrico ca铆das, 谩rboles derribados, casas derruidas,
veh铆culos y embarcaciones destruidos y, muchas veces, personas
heridas o fallecidas.
A lo largo de los 670 kil贸metros de
costa, Uruguay es azotado cada vez con mayor recurrencia por estos
eventos clim谩ticos extremos.
No obstante, nuestro pa铆s cuenta con
un sistema natural de protecci贸n: las dunas o m茅danos. Las dunas
poseen una gran din谩mica y son moldeadas por los vientos
predominantes -que tienen un circuito de movimiento natural de las
arenas, hacia el interior en unos casos y hacia la playa en otros-
y por la vegetaci贸n, conformando una barrera que impide que la arena
se disperse y que aten煤a el impacto de las tormentas sobre la costa.
Pero la defensa del territorio ante
eventos clim谩ticos extremos es s贸lo uno de los muchos beneficios
que significan los sistemas dunares.
Son, adem谩s, elementos del paisaje de
enorme valor ecol贸gico. Establecen una transici贸n natural entre la
l铆nea de costa y las tierras interiores del litoral, y evitan el
paso del agua hacia las zonas urbanizadas. Poseen una riqueza de
fauna y de vegetaci贸n exclusiva de 谩reas de tr谩nsito entre aguas
saladas y semidulces o dulces, y distinguen las costas de nuestro
pa铆s, donde crecen especies de flora y fauna protegidas.
Adem谩s, los m茅danos desempe帽an un
rol esencial en el cuidado de la biodiversidad siendo el sustento
para la vegetaci贸n y la fauna, protegen las aguas subterr谩neas
evitando el ingreso de agua salina, y contribuyen a mantener,
proteger y cuidar las playas, los espacios de entretenimiento,
diversi贸n y esparcimiento por excelencia.
COLABOREMOS Y EVITEMOS SANCIONES
Si hemos entendido el valor de los
sistemas dunares y queremos preservarlos por nuestro propio bien y el
de las generaciones futuras, y al mismo tiempo evitar las siempre
indeseadas multas, hay muchas cosas sencillas con las que podemos
colaborar:
No bajes con veh铆culos a la playa.
Hacerlo provoca da帽os intensos en las dunas, que nos protegen en
caso de eventos extremos. Recuerda que, adem谩s, ello est谩
penalizado por ley.
Para ingresar a la playa utiliza las
bajadas y accesos habilitados. Ello permite conservar las dunas y su
vegetaci贸n.
Contribuye a mantener el ecosistema
costero cuidando el monte nativo (no lo uses como le帽a) y
protegiendo la vegetaci贸n propia del lugar. Ello permite que la
arena sea retenida en la playa, y es a la vez el hogar de diversas
especies que s贸lo viven en esos sitios.
No extraigas ilegalmente arena, cantos
rodados o conchillas de las playas, ya que ello acelera la erosi贸n,
lo que deriva tarde o temprano en inundaciones de las zonas
urbanizadas. Recuerda, adem谩s, que extraer arena est谩 sancionado
por la ley.
No construyas, te instales, ni
contribuyas de ninguna manera con las construcciones irregulares
sobre playas y dunas, ya que ellas perturban gravemente la din谩mica
costera.
La recuperaci贸n de nuestros
ecosistemas costeros es prioritaria.
Proteger y recuperar las dunas es
nuestra responsabilidad.