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21 enero 2017

DUNAS SIN RUEDAS


La Intendencia de Colonia, a trav茅s de la Direcci贸n de Medio Ambiente del Departamento de Planificaci贸n, Ordenamiento y Vivienda, informa a la poblaci贸n que se encuentra vigente el operativo “Dunas sin Ruedas”.

Se trata de una campa帽a de sensibilizaci贸n e informaci贸n referida al impacto del uso de veh铆culos sobre las playas y el sistema dunar, que alcanza adem谩s a construcciones irregulares y paradores no autorizados en la costa.

La misma es impulsada coordinadamente en todos los departamentos costeros por la Direcci贸n Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), la Prefectura Nacional Naval (PNN) y las Intendencias Departamentales, que intensifican este verano los operativos de controles de circulaci贸n vehicular en zonas de playas y dunas.

La importancia de las dunas costeras (m茅danos) radica en que son una reserva de arena para la propia regeneraci贸n natural de las playas. Circular con veh铆culos en las playas contamina, desestabiliza y erosiona la costa, da帽ando su vegetaci贸n y generando grandes perjuicios a la fauna asociada. En efecto, algunas acciones que podr铆an parecer insignificantes, muchas veces afectan -delicada o abruptamente- ecosistemas muy importantes, entre ellos los costeros. Circular con jeeps, camionetas 4 x 4, cuadriciclos o motos, o edificar sobre una duna, ocasiona serios da帽os que perjudican a la naturaleza.

NORMATIVA APLICABLE Y MULTAS
En t茅rminos generales, la poblaci贸n desconoce la prohibici贸n y penalizaci贸n por circular con veh铆culos en playas establecida por el Art. 29 del Decreto N潞100/91, “Reglamento de uso de espacios acu谩ticos y costeros y portuarios”, y por el Art. 452 de la Ley N潞16.736 de 1996.

La previsi贸n legal no s贸lo contempla la imposici贸n de multas para los propietarios de los veh铆culos infractores sino, inclusive, el secuestro del mismo hasta tanto el infractor abone la multa.

En el Derecho uruguayo el r茅gimen de las riberas se regula especial y sustancialmente por el C贸digo Civil y por el C贸digo de Aguas (CA). El incumplimiento del r茅gimen de protecci贸n de la faja de defensa de costas, acarrea la imposici贸n de sanciones, que incluyen multas y la restituci贸n de la configuraci贸n de la costa a su estado original. Dichas sanciones son establecidas por el Ministerio competente (MVOTMA o Ministerio de Transporte y Obras P煤blicas (MTOP), seg煤n el caso).

Asimismo, la “prohibici贸n de la extracci贸n de arena, canto rodado y rocas en yacimientos ubicados dentro de la faja de defensa de costas” est谩 establecida en el Art. 193潞 del Decreto Ley N潞14.859 del 15/12/1978, seg煤n el cual “s贸lo podr谩 efectuarse hasta una cota no inferior al nivel situado cincuenta cent铆metros por encima del l铆mite superior de la ribera”.

La responsabilidad de la fiscalizaci贸n es, en forma principal, del MVOTMA a trav茅s de la DINAMA (CA, Arts. 153 y 154, con la redacci贸n dada por los Arts. 192 y 193 de la Ley N潞15.903 de 10.11.1987, y el Decreto 59/992), y en forma excepcional, del MTOP, quien tiene a cargo las autorizaciones para extraer materiales, previo informe del MVOTMA (Art. 457 de la Ley 16.170).

Los incumplimientos constatados ser谩n sancionados con la aplicaci贸n de multas de 25 UR ($23.416, al cambio actual) de conformidad con el Art. 452 de la Ley N潞16.736 de 1996, que establece que “las acciones de particulares que mediante la utilizaci贸n de veh铆culos de cualquier naturaleza impliquen la invasi贸n de zonas de playa o anteplaya est谩n prohibidas, pudiendo ser sancionados los propietarios de los veh铆culos infractores”.


¿C脫MO NOS PROTEGEN LAS DUNAS?
El cambio clim谩tico conlleva un incremento de la frecuencia y la intensidad de fen贸menos meteorol贸gicos extremos, tales como temporales, tornados, precipitaciones abundantes, fuertes vientos, tormentas el茅ctricas, granizadas, sequ铆as, olas de calor, inundaciones y ciclones tropicales que, cada vez en forma m谩s frecuente, se despliegan de manera muy r谩pida tomando por sorpresa a mucha gente que, en su mayor parte, no est谩 preparada ni concientizada para enfrentar esta nueva realidad.

Como consecuencia de esos eventos, tras su paso quedan zonas devastadas o inundadas, techos volados, l铆neas del tendido el茅ctrico ca铆das, 谩rboles derribados, casas derruidas, veh铆culos y embarcaciones destruidos y, muchas veces, personas heridas o fallecidas.

A lo largo de los 670 kil贸metros de costa, Uruguay es azotado cada vez con mayor recurrencia por estos eventos clim谩ticos extremos.

No obstante, nuestro pa铆s cuenta con un sistema natural de protecci贸n: las dunas o m茅danos. Las dunas poseen una gran din谩mica y son moldeadas por los vientos predominantes -que tienen un circuito de movimiento natural de las arenas, hacia el interior en unos casos y hacia la playa en otros- y por la vegetaci贸n, conformando una barrera que impide que la arena se disperse y que aten煤a el impacto de las tormentas sobre la costa.

Pero la defensa del territorio ante eventos clim谩ticos extremos es s贸lo uno de los muchos beneficios que significan los sistemas dunares.

Son, adem谩s, elementos del paisaje de enorme valor ecol贸gico. Establecen una transici贸n natural entre la l铆nea de costa y las tierras interiores del litoral, y evitan el paso del agua hacia las zonas urbanizadas. Poseen una riqueza de fauna y de vegetaci贸n exclusiva de 谩reas de tr谩nsito entre aguas saladas y semidulces o dulces, y distinguen las costas de nuestro pa铆s, donde crecen especies de flora y fauna protegidas.

Adem谩s, los m茅danos desempe帽an un rol esencial en el cuidado de la biodiversidad siendo el sustento para la vegetaci贸n y la fauna, protegen las aguas subterr谩neas evitando el ingreso de agua salina, y contribuyen a mantener, proteger y cuidar las playas, los espacios de entretenimiento, diversi贸n y esparcimiento por excelencia.

COLABOREMOS Y EVITEMOS SANCIONES
Si hemos entendido el valor de los sistemas dunares y queremos preservarlos por nuestro propio bien y el de las generaciones futuras, y al mismo tiempo evitar las siempre indeseadas multas, hay muchas cosas sencillas con las que podemos colaborar:

No bajes con veh铆culos a la playa. Hacerlo provoca da帽os intensos en las dunas, que nos protegen en caso de eventos extremos. Recuerda que, adem谩s, ello est谩 penalizado por ley.

Para ingresar a la playa utiliza las bajadas y accesos habilitados. Ello permite conservar las dunas y su vegetaci贸n.

Contribuye a mantener el ecosistema costero cuidando el monte nativo (no lo uses como le帽a) y protegiendo la vegetaci贸n propia del lugar. Ello permite que la arena sea retenida en la playa, y es a la vez el hogar de diversas especies que s贸lo viven en esos sitios.

No extraigas ilegalmente arena, cantos rodados o conchillas de las playas, ya que ello acelera la erosi贸n, lo que deriva tarde o temprano en inundaciones de las zonas urbanizadas. Recuerda, adem谩s, que extraer arena est谩 sancionado por la ley.

No construyas, te instales, ni contribuyas de ninguna manera con las construcciones irregulares sobre playas y dunas, ya que ellas perturban gravemente la din谩mica costera.

La recuperaci贸n de nuestros ecosistemas costeros es prioritaria.

Proteger y recuperar las dunas es nuestra responsabilidad.

PROXIMAS ACTIVIDADES

 

PR脫XIMAS ACTIVIDADES


MARZO:
Vie 22: Strofonoff del Rotary Club.
Sab 23: Pompeya recepciona donaciones para inundados.
Sab 23: Inicia Escuelita B铆blica.

 

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