SegĂșn Ley 187.731 y sus decretos
reglamentarios - y en caso que el 30 de junio de 2014 sus ingresos
por pasividad o suma de pasividades sean menores o iguales a $14.095
Ud. adquiere la calidad de beneficiario del Seguro Nacional de Salud
desde el prĂłximo 1° de julio, fecha a partir de la cual deberĂĄ
elegir un prestador de salud de su preferencia en el que deberĂĄ
permanecer afiliado por 5 años. 
De no hacerlo en un plazo de 30 dĂas,
serĂĄ inscripto de oficio en ASSE, no obstante podrĂĄ cambiar de
prestador cuando lo desee, debiendo permanecer afiliado en este por 5
años a partir de la fecha de cambio.
Las afiliaciones deben realizarse
personalmente ante el prestador de salud. Sus aportes serĂĄn los
establecidos en el art.61 de la ley mencionada (3%;4.5% o 6%, en caso
de tener menores a cargo segĂșn corresponda).
OTRO REQUSITO importante: tener
65 años de edad - al 4 de febrero de 2011 fecha de vigencia de la
ley.
Alcanzando este derecho a 38.000
beneficiarios.
