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23 mayo 2014

CONTRIBUCIÓN URBANA: EXONERACIÓN PARA JUBILADOS Y PENSIONISTAS

A continuación les dejamos esta información que nos hizo llegar el Edil Departamental Sergio Bertón, la cual está relacionada a una exoneración en el pago de la contribución urbana, para jubilados y pensionistas que cumplan con determinados requisitos.

"En el año 2011, en ocasión de aprobarse el Presupuesto Quinquenal, se aprobó un artículo que exonera, parcialmente y solo para algunos casos con determinadas condiciones, el pago de la Contribución a Jubilados y Pensionistas. Esta norma presupuestal nunca se había puesto en funciones y se continuaba utilizando el Presupuesto 1995-2000 que, si determinaba exoneraciones en 3 de sus artículos. En nuestra consulta ante la Dirección de Hacienda el por qué se estaba utilizando el presupuesto antes mencionado y no el actual, es que la misma ha puesto en vigencia, para este año, la norma presupuestal que correspondía, o sea: el presupuesto 2011-2015.

Es bueno entonces aclarar a quienes alcanza esta exoneración y es a quienes estén en las siguientes condiciones:

• Ser jubilados y/o pensionistas cuya remuneración no supere las 10 BPC ($ 28.190).
• Que sea la única propiedad y la utilicen como su residencia.
• Que el valor imponible de la vivienda sea inferior a $ 380.004.

A ellos les corresponderá una exoneración del 50% de la Contribución Inmobiliaria que repercute en el pago de la Contribución y las respectivas Tasas en una rebaja de un 23% aproximadamente.

Es importante que quienes estén en esas condiciones se presenten ante las Oficinas de la Intendencia para conocer el “Valor Imponible” de su vivienda, que figura en el recibo de pago de la Contribución, y solicitar acogerse a ese artículo.

A nivel de ejemplo, una vivienda que tiene un aforo de ese valor está pagando, en Colonia del Sacramento aproximadamente, $ 9. 500 entre Contribución y Tasas como máximo. Si la vivienda se encuentra en las otras ciudades del Departamento estaría pagando, aproximadamente, unos $12.500, también como máximo. Si la Tasa de Alumbrado se le está cobrando en el recibo de UTE entonces su Contribución actual con Tasa de Limpieza inc. sería un 30% menor, pero también le comprendería la exoneración. Todos quienes estén en esa situación de única vivienda, jubilado o pensionista y con ingresos de $ 28.000 o menos, conviene que consulten en las oficinas para concretar sus pedidos. De darse las condiciones que expresa ese artículo, el propietario deberá realizar una declaración jurada de esas condiciones y recibirá una rebaja de casi la cuarta parte de lo que pensaba pagar.

No descartamos, asimismo, que a quienes hoy les corresponda exoneración, puedan exigir la retroactividad hasta el año 2011 ya que la Intendencia incurrió en un error por no aplicar esta norma que estaba vigente desde esa fecha".

Le agradecemos a Sergio por hacernos llegar esta noticia que puede beneficiar a muchos ciudadanos en todo el departamento.


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