A continuación les dejamos esta
información que nos hizo llegar el Edil Departamental Sergio Bertón,
la cual está relacionada a una exoneración en el pago de la
contribución urbana, para jubilados y pensionistas que cumplan con
determinados requisitos.
"En el año 2011, en ocasión de
aprobarse el Presupuesto Quinquenal, se aprobó un artículo que
exonera, parcialmente y solo para algunos casos con determinadas
condiciones, el pago de la Contribución a Jubilados y Pensionistas.
Esta norma presupuestal nunca se había puesto en funciones y se
continuaba utilizando el Presupuesto 1995-2000 que, si determinaba
exoneraciones en 3 de sus artículos. En nuestra consulta ante la
Dirección de Hacienda el por qué se estaba utilizando el
presupuesto antes mencionado y no el actual, es que la misma ha
puesto en vigencia, para este año, la norma presupuestal que
correspondía, o sea: el presupuesto 2011-2015.
Es bueno entonces aclarar a quienes
alcanza esta exoneración y es a quienes estén en las siguientes
condiciones:
• Ser jubilados y/o pensionistas cuya
remuneración no supere las 10 BPC ($ 28.190).
• Que sea la única propiedad y la
utilicen como su residencia.
• Que el valor imponible de la
vivienda sea inferior a $ 380.004.
A ellos les corresponderá una
exoneración del 50% de la Contribución Inmobiliaria que repercute
en el pago de la Contribución y las respectivas Tasas en una rebaja
de un 23% aproximadamente.
Es importante que quienes estén en
esas condiciones se presenten ante las Oficinas de la Intendencia
para conocer el “Valor Imponible” de su vivienda, que figura en
el recibo de pago de la Contribución, y solicitar acogerse a ese
artículo.
A nivel de ejemplo, una vivienda que
tiene un aforo de ese valor está pagando, en Colonia del Sacramento
aproximadamente, $ 9. 500 entre Contribución y Tasas como máximo.
Si la vivienda se encuentra en las otras ciudades del Departamento
estaría pagando, aproximadamente, unos $12.500, también como
máximo. Si la Tasa de Alumbrado se le está cobrando en el recibo de
UTE entonces su Contribución actual con Tasa de Limpieza inc. sería
un 30% menor, pero también le comprendería la exoneración. Todos
quienes estén en esa situación de única vivienda, jubilado o
pensionista y con ingresos de $ 28.000 o menos, conviene que
consulten en las oficinas para concretar sus pedidos. De darse las
condiciones que expresa ese artículo, el propietario deberá
realizar una declaración jurada de esas condiciones y recibirá una
rebaja de casi la cuarta parte de lo que pensaba pagar.
No descartamos, asimismo, que a quienes
hoy les corresponda exoneración, puedan exigir la retroactividad
hasta el año 2011 ya que la Intendencia incurrió en un error por no
aplicar esta norma que estaba vigente desde esa fecha".
Le agradecemos a Sergio por hacernos llegar esta noticia que puede beneficiar a muchos ciudadanos en todo el departamento.