Con total 茅xito se desarroll贸 en Juan
Lacaze la primera actividad -de varias planificadas- de Curso
de Formaci贸n y Capacitaci贸n en Seguridad y Salud Ocupacional.
El mismo est谩 enmarcado en los
objetivos a corto y mediano plazo que tenemos desde ADEOM Colonia. Es
fundamental y estrat茅gico para nuestra Asociaci贸n -como marca la
normativa legal vigente, Decreto 291/07- promover y colaborar en
la planificaci贸n de la capacitaci贸n dirigida a todos los
trabajadores y la correspondiente cadena de mando para la prevenci贸n
de riesgos laborales.
Reafirmando este enorme logro, en la
planificaci贸n que llevaron directivas de ADEOM anteriores y la
actual, en ese aspecto de una pol铆tica en seguridad laboral,
promovida y ratificada en el MTSS.
Destacar el compromiso y trabajo -como
representante de ADEOM- del compa帽ero Fernando Felipe para poder
lograr y consolidar la Oficina SySO.
Cabe resaltar la excelente
planificaci贸n y trabajo que realizo -para la organizaci贸n de dicha
actividad- Mabel Tonelli y su equipo multidisciplinario en nombre de
la Direcci贸n de Recursos Humanos de la Intendencia de Colonia.
La jornada estuvo a cargo de los
T茅cnicos Prevencionistas Daniel Bocksberger y Edinson Horacio
Morales Sosa, de excelente trabajo, y estuvo destinada en esta
primera instancia, a alcaldes, jefes, capataces y mandos medios de la
Zona Este. La asistencia y compromiso fue extraordinaria y los
t茅cnicos responsables respondieron preguntas, despejando dudas y
generando certezas en las autoridades y direcciones correspondientes.
Trabajamos principalmente en la
normativa legal vigente que aplica para el sector, ejemplo el Decreto
Nacional 291/07. Haciendo principal hincapi茅 en el Cap铆tulo II.
PRINCIPIOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES
ARTICULO 2潞. Los empleadores deber谩n
garantizar, en los t茅rminos previstos por el convenio que se
reglamenta, la salud y seguridad de los trabajadores en todos los
aspectos relacionados con el trabajo.
ARTICULO 3潞. El costo de las medidas
directamente relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo no
deber谩n recaer en modo alguno sobre los trabajadores. El trabajador
deber谩 cuidar que los medios de protecci贸n personal se conserven en
condiciones satisfactorias de uso y buen funcionamiento, siendo de
cargo del empleador el mantenimiento, reparaci贸n o reposici贸n de
dichos elementos.
En caso de uso indebido o extrav铆o, el
empleador podr谩 exigir la reposici贸n de dichos elementos.
ARTICULO 4潞. Los trabajadores o sus
representantes tienen derecho, de conformidad con la legislaci贸n y
la pr谩ctica nacionales, a consultar y efectuar las recomendaciones
que consideren oportunas y adecuadas que afecten o puedan afectar la
seguridad y salud en el trabajo, tanto al empleador como a los
贸rganos de participaci贸n previstos en el presente decreto.
Las pr贸ximas jornadas de Formaci贸n y
capacitaci贸n ser谩n:
Hoy viernes 21 de julio a las 13 hs. en
la Casa de la Cultura de Colonia del Sacramento.
Pr贸ximo viernes 28 de julio a las 13
hs. en la Casa de la Cultura de Carmelo.