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30 marzo 2020

MEDIDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO FRENTE A EMERGENCIA SANITARIA

A continuación informamos las medidas económicas tomadas por el Gobierno, frente a situación que se esta viviendo por la Emergencia Sanitaria (información vigente al 24 de marzo de 2020) para emprendimientos pequeños y empresas en general.

BPS - MEDIDAS TRIBUTARIAS
Beneficiarios: monotributistas, unipersonales y sociedades personales con hasta 10 empleados cuyo régimen de aportación sea Industria y Comercio. Sociedades personales son por ejemplo las sociedades de hecho, en comandita, sociedades comerciales, entre otras.
Comprende el pago de los aportes patronales de los dueños y los socios correspondientes a los meses de marzo y abril.
El 60% de dichos aportes se abonarán en 6 cuotas a partir del mes de junio.
El 40% restante será subsidiado totalmente por el Estado.
Más información: tel. 2 1997, de lunes a viernes de 8 a 18 horas.

BPS - ATENCIÓN A DISTANCIA
La Asesoría Tributaria y Recaudación del BPS (ATYR) amplió la oferta de gestiones a distancia disponibles para realizar trámites, consultas o planteos.
En el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional como consecuencia del Coronavirus COVID-19, se exhorta a los contribuyentes a no concurrir a los locales de BPS y priorizar la utilización de los medios remotos.
Se recuerda que las consultas se canalizan a través del servicio “Consúltenos” en la página web www.bps.gub.uy para quienes cuenten con Usuario Personal BPS, debiendo seleccionar el motivo de su consulta.
Quienes no tengan Usuario Personal, podrán realizar sus planteos por el correo electrónico: asistalcontri@bps.gub.uy.

BPS - SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARCIAL
Las empresas que requieran gestionar el amparo a este régimen, deberán enviar al BPS, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de producirse la reducción de días u horas trabajados, el listado de trabajadores que cumplan las condiciones de derecho.
El pago del subsidio se realizará durante el mes siguiente de producida dicha reducción.
A la brevedad, en la página www.bps.gub.uy estarán disponibles los formularios y el procedimiento a seguir.
También, próximamente, se habilitará para consultas el teléfono: 0800 0277.

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