Los productores agropecuarios de ganado, bovino, y ovino, leche, arroz, flores, frutas y hortalizas y productores apícolas que no tributen IRAE, contarán con la devolución del IVA incluido en la adquisición de gasoil para el desarrollo de estas actividades, informó la Dirección General Impositiva (DGI).
La devolución del IVA compra de gasoil entró en vigor el 1º de marzo de 2022 por un plazo de un año y presenta un límite máximo que depende del rubro y ventas de cada productor en el ejercicio.
Estas devoluciones se realizarán mensualmente, una vez efectuados los controles pertinentes, en efectivo, de acuerdo con el procedimiento que establezca la DGI.
Para estar incluido en el beneficio, se deben cumplir determinadas condiciones:
* Ser productores lecheros, arroceros, de flores, frutas y hortalizas, ganaderos (bovino u ovino) o apicultores que no tributen IRAE.
* Los ingresos anuales obtenidos por el productor deben estar por debajo de 2:000.000 de Unidades Indexadas (tomadas a la cotización del 30/06).
* Realizar su explotación en predios cuya superficie no exceda las 1.250 hectáreas de índice CONEAT 100.
* El productor debe estar identificado como tal en los Registros del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca. Adicionalmente, debe estar registrado en DGI como productor de alguno de los sectores beneficiados.
Quedan excluidos del beneficio quienes realicen emprendimientos bajo las siguientes formas jurídicas: Sociedades Anónimas, Sociedades en Comandita por acciones, Fideicomisos, Entidades No residentes y Fondos de Inversión Cerrados de Crédito.
Fuente: Revista Negocios Rurales.