¡¡¡ATENCIÓN VECINO!!!
INFORMACIÓN DE SU INTERÉS
Si usted es reincidente en el vertido
de aguas contaminadas a la vía pública u otra acción que afecte la
situación de salubridad de los vecinos y de la zona; el Intendente
está facultado para acumular el cobro de la multa a la Contribución
Inmobiliaria; sin perjuicio de ello, se podrá disponer la
publicación del nombre y demás datos del infractor y de la
naturaleza de la infracción. (Según Art. N° 120 del Presupuesto).
Por el bien de Usted y de todos, evite
tirar aguas contaminadas a la vía pública, sea un vecino
responsable.