¿Sabías que desde el 1º de diciembre
de cada año y hasta la segunda quincena de abril del año siguiente
está prohibido realizar fuegos y quemas al aire libre en todo el
país?
Esta medida tiene como fin prevenir los
incendios forestales durante el verano, cuando la probabilidad de que
ocurran aumenta debido a las altas temperaturas y la baja humedad,
entre otros factores.
¿Qué excepciones se establecen a la
prohibición?
Los fuegos para cocinar alimentos en
parrilleros o similares (utilizando matachispas) y en campings
organizados, colonias de vacaciones, etc., en los lugares previstos
para ello.
Los fogones de piso en campings no
organizados, si se rodean de piedras, arena o tierra, dentro de un
área circular de 5 metros, libre de malezas, hojarasca y otros
elementos combustibles.
El fuego debe ser permanentemente
vigilado y antes de retirarse del lugar deberá ser apagado
totalmente.
¿Qué otras obligaciones se establecen
para prevenir incendios?
Se deberá:
» Mantener limpios y vigilados los
predios arbolados.
» Mantener limpias las calles
cortafuegos (evitan la propagación del fuego).
» Poner los restos de poda y hojarasca
en lugares apropiados, y nunca en terrenos baldíos.
» Extremar la prudencia en el uso de
fuegos artificiales.
» Se evitará su uso por menores de
edad.
» Se restringirá en zonas arboladas o
con alto riesgo de incendio.
» No se utilizarán en las zonas que
se determine de acuerdo al riesgo de incendio.
¿Qué sanciones se establecen en caso
de incumplimiento de las obligaciones para prevenir incendios?
El incumplimiento de los reglamentos de
policía de fuego podrá ser sancionado con multas que van de 10 a
200 UR (Unidades Reajustables).
¿Qué penas se establecen para el
delito de incendio?
El Código Penal establece que quien
encienda una llama, poniendo en peligro la seguridad de personas o
bienes de los demás, o lesionando esos derechos, será castigado con
penas de 12 meses a 16 años de cárcel.
El incendio culpable (por negligencia,
imprudencia, incumplimiento de las leyes o reglamentos) es castigado
con 6 meses de prisión a 6 años de cárcel.
Además, deberán ser reparados todos
los daños y perjuicios que se ocasionaren.
Fuente: Impo.